Jueves, Mayo 23, 2013
   
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INSCRIPCIÓN DE NUEVO CONSEJO DIRECTIVO DE LA ASOCIACIÓN CENTRAL TRICICLISTAS 1º DE MAYO   La Asociación Central Triciclistas 1º de Mayo, no ha logrado registrar la renovación de sus consejos directivos y encontrándose sin representante legal vigente no han podido realizar ninguna gestión a favor de asociación.
COMUNIDAD CAMPESINA JALLAMILLA, LOGRANDO REGISTRAR SU DIRECTIVA COMUNAL La Comunidad Campesina Jallamilla, debidamente inscrita en la partida electrónica N° 11033262, no han logrado inscribir en registros públicos la nueva directiva comunal periodo 2012-2013.
ADEIMA - PERU LOGRANDO VIGENCIA DE REPRESENTANTES LEGALES La Asociación de Ebanistas Industriales de Muebles los Aymaras del Perú (ADEIMA - PERU), requieren la vigencia de poder de sus representantes a fin de comercializar sus productos elaborados a base de totora, dentro del mercado local, regional, nacional y el extranjero.
LOGRANDO VIGENCIA DE REPRESENTANTES LEGALES La Asociación de Pueblos Originarios Conservacionistas de los Recursos Naturales en la Reserva Nacional del Titicaca “APOC-RRNNN-RNT”, requieren la vigencia de poder de sus representantes a fin de defender los recursos naturales de Lago Titicaca Puno, como patrimonio cultural de la nación.

Contenido
2.-  SUCESION INTESTADA
¿Qué es la sucesión intestada?
a.- ¿Ante quién se tramita?
b.- ¿Quiénes pueden tramitarlo?
c.- ¿Cuáles son los requisitos?
d.- ¿Qué pasos debe seguir para solicitar sucesión intestada?
e.- ¿Cuánto cuesta el trámite?
f.- ¿Cuánto tiempo demora?


2.-  SUCESION INTESTADA

¿Qué es la sucesión intestada?
La sucesión intestada, tiene por objeto designar a los herederos legales de aquellas personas que han fallecido sin otorgar testamento, o si éste ha sido declarado nulo, invalidado o caducado. [Arriba]

a.- ¿Ante quién se tramita?
Ante el Notario o Juez de Paz Letrado del lugar del último domicilio del causante, a elección de los interesados. [Arriba]

b.- ¿Quiénes pueden tramitarlo?
El presunto heredero o herederos. [Arriba]

c.- ¿Cuáles son los requisitos?
1.    Copia del DNI del solicitante.
2.    Nombre del causante.
3.    Copia certificada de la partida de defunción del causante.
4.    Copia certificada de la partida de nacimiento del presunto heredero o herederos.
5.    Partida de matrimonio si fuera el caso.
6.    Relación de los bienes conocidos.
7.    Certificado negativo de testamento expedido por la Oficina Registral.
8.    Certificado negativo de declaratoria de herederos expedido por la Oficina Registral. [Arriba]

d.- ¿Qué pasos debe seguir para solicitar sucesión intestada?
1.    Deberá presentar por escrito ante el Notario Publico o Juez de Paz Letrado, con firma de abogado.
2.    El Notario o Juez de Paz Letrado ordenará se extienda anotación preventiva de la solicitud en Registros Públicos.
3.    El Notario o Juez de Paz Letrado mandará a publicar un aviso conteniendo un extracto de la solicitud, en el diario El Peruano y un diario autorizado de Puno.
4.    Pueden incluirse otros herederos dentro del proceso, durante el plazo de quince (15) días de iniciado el trámite, debiendo acreditar su condición o calidad de heredero. El notario o Juez de Paz Letrado pondrá en conocimiento de los solicitantes la inclusión de un nuevo presunto heredero. Si transcurridos los diez (10) días útiles no mediara oposición al trámite de parte de los presuntos herederos, el notario lo incluirá en su declaración y en el tenor del acta correspondiente.
5.    Acta o sentencia declarando herederos: Transcurridos quince días útiles desde la publicación del último aviso, el notario extenderá un acta declarando herederos del causante a quienes hubiesen acreditado su derecho. El Juez de Paz Letrado en sentencia declarará a los herederos.
6.    Inscripción de la Sucesión Intestada: Cumplido con expedir acta de declaratoria de herederos, el notario remitirá partes a Registro Públicos, a fin que se inscriba la sucesión intestada. El Juez de Paz en su caso mediante oficio ordenará la inscripción del mismo en Registros Públicos. [Arriba]

e.- ¿Cuánto cuesta el trámite?

Ante notario    :  S/. 230.00 nuevos soles aproximadamente.
Ante Juez    :  S/. 200.00 nuevos soles aproximadamente. [Arriba]

f.- ¿Cuánto tiempo demora?
Ante notario    : 01 mes aproximadamente.
Ante Juez    : 03 meses aproximadamente. [Arriba]